El caso se centra en una disputa relacionada con la Planta Nuclear de Krško, compartida históricamente entre Croacia y Eslovenia.
Antecedentes de hecho
La Planta Nuclear de Krško, construida en la década de 1970, fue una empresa conjunta entre las repúblicas yugoslavas de Croacia y Eslovenia. Tras la disolución de Yugoslavia, surgieron disputas sobre la propiedad y operación de la planta. En 2001, ambos países firmaron un acuerdo para resolver estas disputas y reanudar la entrega de electricidad. Sin embargo, Hrvatska Elektroprivreda d.d. (HEP), la empresa eléctrica nacional de Croacia, alegó que Eslovenia no cumplió con este acuerdo al no reanudar las entregas de electricidad en el período acordado, lo que resultó en pérdidas significativas para HEP.
El tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) emitió su laudo el 17 de diciembre de 2015, concluyendo que:
- Eslovenia incumplió sus obligaciones bajo el acuerdo de 2001 al no reanudar las entregas de electricidad a HEP en el período estipulado.
- HEP sufrió pérdidas económicas como resultado directo de este incumplimiento.
- Eslovenia debía compensar a HEP con €19.987.000, más intereses calculados desde el 1 de julio de 2002 hasta la fecha de pago.
El laudo aborda aspectos clave en el ámbito de las inversiones internacionales:
- Interpretación de tratados: El tribunal analizó la relación entre el acuerdo bilateral de 2001 y el Tratado de la Carta de la Energía (TCE), determinando que el acuerdo específico prevalecía en este caso.
- Obligaciones contractuales y de tratado: Se destacó la importancia de que los Estados cumplan con sus compromisos en acuerdos bilaterales, especialmente en contextos post-conflicto donde las relaciones económicas son delicadas.
- Cálculo de daños: El tribunal marcó precedentes sobre cómo calcular compensaciones en casos de incumplimiento de entrega de bienes esenciales, como la electricidad, considerando factores como la mitigación de daños y los beneficios no recibidos.
Acontecimientos posteriores al laudo
Tras el laudo de 2015, Eslovenia cumplió con el pago de la compensación establecido al HEP, fortaleciendo las relaciones bilaterales y la cooperación en la gestión de la Planta Nuclear de Krško.
La planta continuó operando bajo la gestión conjunta de ambos países, y en 2023 se acordó extender su operación hasta 2043, reflejando una colaboración sostenida en el sector energético.